domingo, 31 de octubre de 2010

El sueldo del gatopardo

A un año de aplicación de la ley N° 20.348, que establece el principio de igualdad de salarios entre ambos sexos, pareciera que hasta ahora no se han generado los focos de conflicto anunciados en algunos círculos cercanos al mundo empresarial ni se ha afectado la contratación de mujeres. De acuerdo a un reportaje de El Mercurio, en el período sólo se han realizado cinco denuncias ante la Dirección del Trabajo. Dos de ellas corresponden a trabajadores del sector privado, y en ambos casos el fallo favoreció a la empresa. En el sector público, los tres casos también han beneficiado al empleador, el Estado.

Esta casi inexistencia de demandas y la apabullante derrota que han sufrido los denunciantes no se condice con el hecho de que la brecha salarial entre hombres y mujeres se ha mantenido prácticamente igual en estos doce meses de aplicación, de acuerdo al mismo artículo. Todo esto mientras tanto, en Estados Unidos, la brecha se acorta a pesar de la crisis económica.
Es decir, hasta ahora la ley sobre equidad de salarios fue una de esas batallas que se libraron para que todo siga como está, como se señalara en la novela “El gatopardo” de Giuseppe Tomasi di Lampedusa. Ahora, si el problema de la inequidad sigue igual ¿porqué no hay más denuncias y porqué las demandas no tienen éxito?. Una opción es que el problema esté en la ley, y que por deficiencias en su redacción, tal como está no permite resolver el problema. En el artículo se mencionan algunas posibilidades planteadas por expertos;
  • La norma señala que la demanda debe ser realizada por el trabajador afectado, y no puede ser representado por un tercero como el sindicato (o un colegio profesional). Esto probablemente desestimula la realización de denuncias por el temor a represalias.
  • La ley permite que los empleadores puedan pagar sueldos desiguales para el mismo cargo, considerando algunos criterios que pueden estar muy afectados por la subjetividad.
Otra opción es que haya dificultades para que las personas puedan reconocer cuando su situación salarial es discriminatoria. Para que esto suceda, el afectado debiera poder comparar su desempeño y su sueldo con sus compañeros. Este supuesto es muy aventurado, considerando lo que sabemos del trabajo en Chile.

Por una parte, hay indicios fuertes que señalan que la información sobre remuneraciones suele ser tratada de manera confidencial en las empresas y es muy raro que las personas tengan información formal y por escrito de sus sueldos, menos aún de sus compañeros (Rodríguez, 2010). Nuestra cultura, lejana a la transparencia, no ayudaría a que las personas reconozcan parte importante el problema; el que nada sabe nada teme.

Cuando consideramos la segunda parte del supuesto, la posibilidad de comparar desempeños también presenta dificultades prácticas. Sobre todo considerando que esta comparación debiera realizarse sobre la base de mediciones imparciales, ecuánimes y afectadas lo menos posible por juicios subjetivos. Al respecto, no hay evidencia públicamente disponible que permita suponer que el registro y control del desempeño individual sea una práctica utilizada masivamente por las empresas. Tampoco hay registros que indiquen que los instrumentos actualmente utilizados sean diseñados para minimizar los sesgos y potenciar la objetividad, y menos si la información comparativa está disponible para los trabajadores. Lo más probable es que no, y que ello explique en parte que, a pesar de que sabemos que hay un problema de discriminación en los salarios cuando analizamos el país, fallamos al momento de reconocer si una situación puntual es abusiva o arbitraria. Una ley de equidad se basa en que la información esté disponible y pueda ser analizada por todos. Mientras no podamos hacerlo, probablemente sigamos cambiando cosas para que todo siga igual.



Morello, C., Keating, D. (2010) En Estados Unidos se acorta la brecha entre los sueldos de hombres y mujeres. El Mercurio, Página A10 (16 de octubre). Recuperado el 24 de Octubre, 2010 desde el sitio http://www.mercurio.cl/

Obregón, P. (2010) A un año de su promulgación, la ley de igualdad salarial tiene nulo efecto. El Mercurio, Página B6 (24 de Octubre). Recuperado el 24 de Octubre, 2010 desde el sitio diario.elmercurio.com

Reyes, V.; Troncoso, J. y Chomalí, M. (2009) Expertos advierten que igualdad salarial podría afectar contratación de mujeres. El Mercurio, Página B2 (3 de Junio). Recuperado el 24 de Octubre, 2010 desde el sitio http://www.mer.cl/

Rodríguez, J. (2010) Employment Relations in Chile: Evidence of HRM Practices. Relations industrielles/Industrial Relations (RI/IR). En proceso de publicación. Recuperado el 19 de Agosto, 2010, desde http://strathprints.strath.ac.uk/15628/ (University of Strathclyde Institutional Repository)